Vitamina Tributaria 0007

DECLARACION DE RENTA PRESENTADA POR LOS NO OBLIGADOS.

En ocasiones para muchas personas naturales en Colombia se había vuelto costumbre presentar la declaración de renta así no cumpliera con los requisitos señalados por el Gobierno Nacional, sin embargo en virtud del Art. 594-2 del E.T., esta declaración carecían de efectos legales, bien sea para otórgales derechos a los declarantes o para que el gobierno nacional ejerciera su derecho a fiscalizar.

De conformidad con el Art. 1 de la ley 1607, ha dispuesto que quienes no estén obligados a declarar, podrán hacerlo por voluntad propia y su declaración tendrá validez legal.

Lo anterior significa que si una persona no estando obligado a presentar declaración de renta y en el año 2013 estuvo sujeto a descuento de retenciones en la fuente, podrá a su voluntad, presentar una declaración, que producirá efectos legales, dejando sin aplicación la regla que contiene el Art. 594-2 del E.T., y en consecuencia si las retenciones en la fuente resultan excesivas, tendrá derecho a que se les devuelva el saldo a favor.